Por estos días Marcelo Tinelli publicó en su cuenta de instangram un video donde se lo ve relajado “trabajando , tomando una cerveza” con la mención especifica a la marca. El conductor televisivo debe considerarse un verdadero influencer posee en su cuenta 6,1 millones de seguidores.
Argentina es el país de América Latina de consumo mas alto de alcohol en jóvenes.
En nuestro país hay aproximadamente 40 millones de usuarios únicos de teléfonos celulares.
Si hablamos de la generación de los “centennials”, que son los jóvenes nacidos a partir de 1997, son la primera generación criada en la era de los smartphones y las redes sociales.
Según estudios realizados por la plataforma de medios Teads, la generación Z permanece un promedio de al menos 4 horas frente a la computadora y 3 horas frente al smartphone o tablet.
Los canales de comunicación han tenido su metamorfosis, y el espacio físico ha sido desplazado por el espacio virtual, con ello han cambiado hábitos y pautas de consumo. También las redes son un espacio de mayor permisividad al no tener regulación legal específica, por lo que la publicidad que circula en ellas escapa del control normativo.
El alcohol tiene un segmento de público joven, y muchas de sus estrategias comerciales están dirigidas a incrementar el consumo, principalmente en este segmento etario, de ahí que las publicidades de alcohol siempre muestren público joven, diversión, placer por ingerir y exitismo.
La ley 24.788 establece: “Prohíbese en todo el territorio nacional, el expendio a menores de dieciocho años, de todo tipo de bebidas alcohólicas. Créase el Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol”.
En su ARTICULO 6° determina: Queda prohibida toda publicidad o incentivo de consumo de bebidas alcohólicas, que:
a) Sea dirigida a menores de dieciocho (18) años;
b) Utilicen en ella a menores de dieciocho (18) años bebiendo;
c) Sugiera que el consumo de bebidas alcohólicas mejora el rendimiento físico o intelectual de las personas;
Así la ley y la reglamentación restringe la prohibición de publicidad o incentivo de consumo de bebidas alcohólicas dirigidas a menores de 18 años. De esta forma, la prohibición sólo se aplica en la franja horaria de “horario de protección al menor”. Pero en este caso, solo la televisión abierta se encuentra contemplada en esta reglamentación, no así los canales de cable, mucho menos las redes sociales.
Dejando expuestos a los niños y jóvenes a la publicidad en puntos de venta, vía pública, medios gráficos y en televisión y radio en cualquier horario (cuando no esté dirigida a menores de 18 años).
No están claros los parámetros que deberían ser tenidos en cuenta para contemplar cuando una publicidad está dirigida a menores de edad.
El Decreto 149/2009 aprobó y fijo las bases de la reglamentación de la Ley Nº 24.788.
Tratándose de publicidad gráfica, tanto en la vía pública —estática o móvil— como en periódicos, revistas e impresos en general, las leyendas deberán insertarse dentro del espacio destinado al aviso de publicidad, ocupando no menos del TRES POR CIENTO (3%) de la superficie total del aviso o de la fracción del mismo destinada a publicitar bebidas alcohólicas cuando estén integradas en un aviso para distintos productos. Esta norma no será aplicable a los materiales y/o elementos destinados a la promoción que realicen, a título gratuito, las empresas productoras y/o comercializadoras, con el objeto de presentar, difundir o consolidar sus marcas en el mercado mediante la utilización de distintos medios de propaganda a través de otros elementos (sombrillas, mesas, servilletas, vasos, relojes, etc.).
Inciso a) la prohibición alcanza a toda publicidad —directa, indirecta (no tradicional), institucional— o al incentivo de consumo alcohólico en la programación que se emitan por medios masivos de comunicación (radio y televisión) en el horario de protección al menor, cuando sus contenidos principales estén especialmente dirigidos a menores o a público infantil; en programas cinematográficos destinados a menores o público infantil; en espectáculos públicos (deportivos, culturales o artísticos) cuyos contenidos principales estén dirigidos a menores o público infantil; y en medios gráficos cuyos contenidos principales estén especialmente dirigidos a público infantil.
Inciso b) La prohibición alcanza a toda publicidad —directa, indirecta (no tradicional), institucional— que se emite por medios masivos de comunicación (radio y televisión) o en programas cinematográficos siendo condición obligatoria para su emisión la presentación de declaración jurada del anunciante certificando la no participación de menores, en roles de bebedores y/o consumidores de alcohol.
Inciso c) la prohibición alcanza a la publicidad o incentivo de consumo que utilice a deportistas; intelectuales; científicos o profesionales notorios; o en general personas de fama o con habilidades especiales, cuando a través de sus dichos o conductas sugieran que el consumo de bebidas alcohólicas mejora el rendimiento físico o intelectual.
Los influencers son parte de la estrategia de visibilización y comercialización de bebidas alcohólicas (y también de tabaco). Con miles de seguidores pueden generar una forma de publicidad mas empática, sin regulación y vigente para todo publico y todo horario.
A su vez los concursos y patrocinios en las redes avanzan el mismo sentido.Incluso asociando el deporte con e consumo, algo que en algunos países está prohibido.
Los influencers son artistas, modelos y deportistas esos miles o millones de seguidores en redes sociales, como por ejemplo Faceboock pero ahora principalmente Instagram, replican en sus posteos ese vinculo de llegada a un público impensado de personas, sobre todo el target que estas empresas pretenden capturar para el desarrollo sus marcas, que son los jóvenes.
El alcohol consumido por menores de edad conlleva serios riesgos para la salud atento a que a una edad temprana el cerebro no se ha desarrollado del todo, el hábito de beber trae repercusiones a veces irremediables en las áreas responsables del aprendizaje y la memoria. Los patrones de consumo de alcohol en los menores de edad pueden tienen gran influencia de las conductas grupales, grupos de amigos, la publicidad, las normas culturales, y la gran exposición al marketing comercial de las empresas.
Esto se da en un contexto donde según el informe de la OMS, que recopila estadísticas con sus 194 Estados miembros, la Argentina (con 9,1 litros) se colocó detrás de Canadá (10 litros) y de los Estados Unidos (9,3) en el continente americano.
Superó por primera vez a Chile (9 litros), que es seguido por Perú y Brasil (ambos con 8,9 litros), Venezuela (7,1), Uruguay (6,8), Paraguay (6,3), Bolivia (5,9) y Ecuador (5,1).
Con un agravante el 70 por ciento de los jóvenes entre 14 y 17 años admitió haber tenido un episodio de consumo problemático alguna vez. Y la edad de inicio desciende cada año.