Colegios educativos de gestión privada podrán fijar los precios de sus aranceles sin límites

El Ministro de Finanzas, Luis Caputo, derogó de un plumazo una serie de resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior, entre ellas una normativa del año 2019 que obligaba a los establecimientos educativos a brindar información detallada del contrato educativo antes del inicio del cliclo lectivo. A saber: aranceles mensuales, matrícula de inscripción o reinscripción, cantidad de cuotas, etc.

En efecto, Caputo derogó la resolución 678/19 que abarcaba a todos los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial que presten servicios en los niveles preprimario (inicial), primario (EGB) y secundario (Polimodal) y educación especial en todo el territorio nacional.

Dicha normativa, ahora dejada sin efecto, tenía como objetivo garantizar el derecho de acceder a información adecuada sobre los servicios educativos privados contratados por madres/padres/tutores para sus hijos y/o menores a cargo.

Asimismo, la resolución 678 establecía que, en caso de incumplimiento, se podían realizar denuncias ante la Secretaría de Comercio, pudiéndose aplicar sanciones ante abusos con los aumentos en las cuotas y matrículas.

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