Día Mundial de la Alimentación: el reemplazo del sistema de información nutricional no admite más dilaciones

Según los últimos indicadores oficiales, en nuestro país solo 3 de cada 10 individuos de 13 años o más leen la tabla de composición nutricional del envase de los productos que compran. La población con menor nivel educativo e ingresos más bajos lee aún menos las etiquetas. Está comprobado que los sistemas complejos de información nutricional vigentes resultan menos accesibles para la población en situación de mayor vulnerabilidad.

 

Estos son solo algunos de los datos que forman parte de la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud[1], cuyos resultados -dados a conocer el año pasado- no hicieron más que comprobar la necesidad de avanzar en distintas políticas públicas que promuevan la alimentación saludable, como por ejemplo el etiquetado frontal de alimentos.

Se trata de iniciativa que venimos proponiendo con énfasis desde hace tres años desde la Defensoría del Pueblo bonaerense, a partir de distintos relevamientos realizados por el Observatorio de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes.

Cabe destacar que la aprobación legal del etiquetado frontal está cerca de concretarse luego del compromiso asumido por el gobierno nacional y dado los avances registrados en el Congreso. Concretamente, lograron unificarse 13 proyectos de legisladores oficialistas y opositores que proponen este sistema.

El texto unificado incluye:

  • Los alimentos van a tener un etiquetado frontal que no podrá ocupar menos del 5% de la superficie, con formato octogonal negro y letras blancas.
  • Cada sello de advertencia va a informar si tienen algún nivel crítico de sodio, grasas trans, azúcar o calorías.
  • En caso de tener edulcorantes, la etiqueta lo deberá informar.
  • Se prohíbe que la publicidad de los alimentos refiera a propiedades medicinales.
  • Se prohíbe la publicidad dirigida a niños o niñas de productos con algún nivel critico.
  • Si algún producto llevara un sello de advertencia no podrá incluir dibujos animados ni elementos que llamen la atención de niños o niñas.
  • La industria tendrá 6 meses para adaptarse a la nueva norma desde el momento en que se sancione la ley. Las pymes tendrán 18 meses de plazo, con la posibilidad de que se establezca una prórroga.

A su vez, durante esta semana, en el Senado se trabajó en la elaboración de un dictamen a partir de la consulta con funcionarios, exfuncionarios, profesionales, miembros de la sociedad civil y de la industria alimenticia.

¿Por qué urge la adopción del etiquetado frontal? Entre otros factores, la mencionada encuesta nacional reveló datos por demás preocupantes respecto a la realidad nutricional de las/os NNyA en la Argentina; y el impacto que tienen las publicidades y estrategias de marketing y packaging en los hábitos de consumo.

Por ejemplo: el 21,5% de los adultos responsables de niños y niñas de entre 2 y 12 años declaró que compró, al menos una vez en la última semana, algún alimento y/o bebida porque el niño/a lo vio en una publicidad.

En tanto, siempre de acuerdo a la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, el 13,6% de los niños y niñas, menores de 5 años, tienen sobrepeso, obesidad o exceso de peso, mientras este indicador se eleva al 41,1% de la población de 5 a 17 años.

Este relevamiento no hizo más que confirmar que el sobrepeso y la obesidad son las formas más frecuentes de malnutrición en NNyA. En relación con otros estudios previos realizados en el país, se observó que la baja talla y el bajo peso se mantienen en valores relativamente estables y se relacionaron de manera inversa al nivel socioeconómico, no así el sobrepeso y la obesidad que fueron similares para todos los niveles de ingreso de los grupos familiares.

Beneficio del etiquetado frontal

Cuando hablamos de etiquetado frontal nos referimos a la información que se presenta de manera gráfica en la cara principal o el frente del envase de los productos, con leyendas o sellos que dan cuenta si dicho producto tiene alto contenido de azúcar, sodio, grasas saturadas o grasas trans.

Este sistema es una política pública de comprobada eficacia -aplicada en distintos países de la región- ya que se les garantiza a las y los consumidores el derecho a la información que necesita para tomar decisiones más críticas; y brinda protección ante posibles engaños, desestimulando la compra de productos no saludables.

Ciertamente promover el etiquetado frontal de alimentos representa el cumplimiento de estándares de derechos humanos y obligaciones internacionales asumidas por nuestro país[2].

La Relatora Especial para el Derecho a la Alimentación de las Naciones Unidas, en su visita a nuestro país en 2019, señaló la necesidad de promulgar leyes en relación con las etiquetas en los envases de alimentos, asegurándose de que contengan información nutricional, y planificar el trabajo en colaboración con la industria alimenticia a fin de diseñar e implementar etiquetas innovadoras que puedan ayudar a los consumidores a elegir dietas saludables[3].

A escala global, en medio de la pandemia y en el marco de la celebración del Día Mundial de Alimentación (16 de octubre), desde la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, más conocida con las siglas FAO, lanzó una campaña con las consignas Cultivar, nutrir, preservar. Nuestras acciones son nuestro futuro”, que en la provincia de Buenos Aires cuenta con la adhesión del Observatorio de Derechos de NNyA de la Defensoría.

Entre las distintas acciones propuestas por los organismos internacionales de referencia figura, precisamente, el etiquetado frontal. Si bien durante la última década se intentó, en varias ocasiones, avanzar hacia la puesta marcha de este sistema en la Argentina, el lobby y las presiones de sectores concentrados de la economía impidieron su puesta en marcha. Los avances de las últimas semanas, en el Congreso nacional, quizás nos esté mostrando que esta historia no volverá a repetirse.  

 

 

[1] https://cesni-biblioteca.org/wp-content/uploads/2019/10/0000001565cnt-ennys2_resumen-ejecutivo-20191.pdf

[2]  El Estado Argentino debe «(…) monitorear regularmente y evaluar la efectividad de las políticas y programas sobre seguridad alimentaria y nutrición infantil, incluyendo programas alimenticios y de comidas escolares dirigidos a bebés y niños pequeños»; Comité de los Derechos de del Niño; 78º Periodo de Sesiones; Observaciones finales sobre el informe de Argentina; 2018.

(14) Argentina debe tomar «medidas efectivas para (…) el fortalecimiento de la regulación del Código Argentino sobre Alimentación [Código Alimentario Argentino] en cuanto al etiquetado frontal de alimentos, que incluya información sobre azúcar en los productos, e implementar restricciones sobre la publicidad de alimentos y bebidas dañinos para la salud, en particular los destinados a los niños». Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Argentina; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 12 de octubre de 2018

[3] Punto 109 inciso J  http://huerquen.com.ar/wp-content/uploads/2019/02/informe-Hilal-Elver.pdf

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