Se trata de una guía práctica elaborada de forma conjunta por el Organismo de Niñez y Adolescencia, que depende del Ministerio del Desarrollo de la Comunidad de la provincia de Buenos Aires, y por el Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA) de la Defensoría del Pueblo bonaerense, a cargo de Paula Ferro y Walter Martello respectivamente. Es una herramienta para la concientización y difusión del alcance del Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos de NNyA que, durante la emergencia sanitaria decreta a raíz del Covid-19, tiene plena vigencia y forma parte de la estructura del ministerio que conduce Fernanda Raverta.
Con un lenguaje claro, conciso y sintético, la guía explica sobre distintas alternativas para actuar ante posibles episodios de violencia institucional por parte de integrantes de fuerzas de seguridad en la vía pública, como así también brinda orientación básica acerca de qué se debe hacer, y a qué lugares se puede recurrir, cuando se registran casos de niñas, niños y adolescentes en situación de calle.
Walter Martello, Defensor del Pueblo Adjunto y responsable del Observatorio, explicó que “lo que tiene que quedar en claro es que el decreto de emergencia por el Covid-19 no suspende ni elimina ninguno de los derechos y garantías de las/os NNyA en la Argentina. Es más, existe un conjunto de dispositivos institucionales que funcionan y deben dar respuesta ante distintas problemáticas sociales donde se ponen en juego el interés superior del niño”.
Dentro del Organismo de Niñez, funcionan distintos dispositivos como la Línea 102 y el 0800-666-NIÑO (6466), con guardias las 24 horas que articulan con los Servicios Locales distribuidos en los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires. Los Servicios Locales son las unidades técnico-operativas que intervienen ante episodios de maltrato, acoso, hostigamiento y cualquier tipo de vulneración de los derechos vinculados a las/os NNyA.
“Es importante que la comunidad sepa que el accionar de las fuerzas de seguridad, cuando se encuentran con niños o niñas en situación de calle, solo debe limitarse a dar intervención al Servicio Local del municipio correspondiente. Asimismo, si bien los NNyA tienen la misma obligación que los adultos respecto a cumplimiento del aislamiento social durante la cuarentena, el hecho de que sean encontrados en la vía pública no puede justificar el uso de la fuerza física”, concluyó Martello.