A raíz de una serie de publicaciones realizadas por el diario El Fuerte de la localidad de Chascomús, que podrían constituir un caso de “violencia mediática” contra las mujeres, en los términos previstos por el artículo 6 inciso F de la Ley Nacional N° 26.485, la Adjuntía General de la Defensoría del Pueblo bonaerense abrió una investigación de oficio.
Concretamente, en los últimos días, dicho periódico difundió una serie de “chistes” –habrían sido al menos tres publicaciones- mediante los cuales los editores responsables intentaban “burlarse” de las estadísticas vinculadas a los episodios de violencia de género y al impacto que está teniendo este flagelo en Argentina. Cabe recordar que la semana pasada, en Chascomús, localidad en la que se edita dicho periódico, se conoció el femicidio de la adolescente Navila Serena Garay.
Entre otras acciones, desde la Adjuntía General, que tiene a su cargo el Observatorio de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo, se encararon una serie de actuaciones, informando y dando intervención al Instituto Nacional de la Mujer, que es el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la Ley 26.485. También se pedirá intervención al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), y a la Subsecretaria de Género y Diversidad Sexual del gobierno bonaerense.
Asimismo, se solicitará formalmente al editor responsable del diario “El Fuerte” que se abstenga de seguir realizando o difundiendo publicaciones, mensajes y/o imágenes que, tal como lo establece el artículo 6 de la Ley 26.485, “de manera directa o indirecta injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres”.
La investigación tiene como fin desentrañar una práctica que contiene una naturaleza violenta y machista, que afecta con particular complejidad y virulencia a las niñas y adolescentes. En particular, la violencia ejercida desde la irreponsabilidad de este medio de comunicación es una de las peores formas de manifestación y perjuicio. Este tipo de conductas implica para los NNyA un daño irreparable a su integridad psíquica y moral que no debe soslayarse. En efecto, con esto se daña su derecho a la integridad, y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos.
Estos derechos se encuentran protegidos a nivel internacional por la Convención sobre los Derechos del Niño. A nivel nacional y provincial, en diversas normas, entre las que se destacan la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 13928 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. La libertad de expresión no puede ser pretexto para este tipo de publicaciones. speramos que el Estado diseñe e incremente las campañas de concientización para ayudar a desterrar el flagelo de la violencia de género, en todas sus formas.